Hoy comienza jornada de registro de porte de armas de fuego

Caracas, 01 Mar. AVN.- A partir de este 1º de marzo, el Ministerio para Relaciones Interiores y Justicia dio inicio a una jornada de registro y actualización de portes de armas en todo el territorio nacional, dirigido a todas aquellas personas que posean armamento en situación irregular, ya sea por vencimiento o por no haber sido presentada en el momento de su adquisición.

De acuerdo con una resolución publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.873, que circuló este jueves, este proceso se realizará por un lapso inicial de 90 días, contados a partir de este jueves y se estima una prórroga, en caso de considerarse necesaria, para optimizar los resultados del operativo, que será acordada entre los ministerios para la Defensa y para Relaciones Interiores y Justicia.

El artículo 2 de la resolución establece que se suspenderá la tramitación de solicitudes de concesión de nuevos permisos para portar armas de fuego en todo el territorio nacional, por un lapso de un año, a partir de la culminación de la jornada.

Se exceptúan de esta disposición los procesos que conlleven a la renovación de permisos de porte de armas de fuego que cumplan con los requisitos establecidos en esta normativa y se encuentren registrados en la Dirección General de Armas y Explosivos del Ministerio para la Defensa.

Asimismo, se ordena la suspensión de importaciones y comercialización de armas de fuego en todo el territorio nacional, tanto por parte de la Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (Cavim) como por empresas privadas autorizadas para ello, por un período de un año, a partir de 90 días después de la publicación de la resolución en la Gaceta Oficial.

Las empresas privadas autorizadas para la comercialización de municiones deberán remitir a la Dirección General de Armas y Explosivos del Ministerio para la Defensa, en un lapso no mayor de cinco días, el total de las municiones debidamente inventariadas que permanezcan en existencia en los depósitos de la empresa.

En el artículo 12 de esta resolución se establece que los cuerpos de seguridad del Estado con funciones policiales, empresas que presten servicios de vigilancia privada o transporte de valores, deberán remitir cada 30 días al ministerio de Relaciones Interiores y Justicia y a la Dirección de Armas y Explosivos del Ministerio de la Defensa el inventario de armas y municiones, especificando las relaciones de compra, extravío, defectos y operatividad de las mismas.

En caso de incumplimiento de esta normativa, la Fuerza Armada Nacional Bolivariana procederá a la elaboración del Acta de Retención. Las armas retenidas serán enviadas al Parque Nacional de Armas y Explosivos del Ministerio de la Defensa.

AVN